La Baja o Cancelación de Matricula Profesional puede ser dispuesta por:
El Consejo Directivo por diversas causales (mora en el mantenimiento de Matrícula superior a 12 (doce) meses, sanciones al colegiado, otras).
A solicitud del Colegiado (Baja Voluntaria), tras la presentación vía nota de las causales por parte del profesional solicita baja de su MP (traslado a otra provincia-país / abandono definitivo del ejercicio profesional en el territorio provincial) y autorización final por parte del Consejo Directivo.
Baja de M.P. Voluntaria
(Por abandono definitivo del ejercicio profesional en el territorio provincial o traslado a otra provincia-país.)
IMPORTANTE: El presente no es un trámite de resolución inmediata por lo que debe realizar su solicitud con el tiempo necesario para concretar el proceso de verificación de causales que justifiquen la BAJA de la MATRICULA.
El colegiado, en este caso, debe: